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Nova Iuris

Ley núm. 172-13 sobre protección integral de los datos personales

CAPÍTULO IV. DISPOSICIONES PROCEDIMENTALES / SECCIÓN III. DE LOS FICHEROS DE TITULARIDAD PRIVADA

Artículo 69. Prohibiciones especiales

Fuera de los fines establecidos en esta ley, se prohíbe la divulgación, la publicación, la reproducción, la transmisión y la grabación del contenido parcial o total de un reporte de cualquier tipo proveniente de una Sociedad de Información Crediticia (SIC), en cualquiera de sus manifestaciones, en cualquier medio de comunicación masivo, sea impreso, televisivo, radial, electrónico, o cualquier otra forma de publicación.

Las Sociedades de Información Crediticia (SIC) y sus representantes no serán responsables, civil ni penalmente, de cualesquiera violaciones del presente artículo, cometidas por un suscriptor o afiliado, un cliente o consumidor, los representantes de las entidades públicas, los representantes de medios de comunicación o cualquier persona física o jurídica.

Vigente desde
15 de diciembre de 2013
Versión
1
Afectación
Texto original
Fuente
G. O. núm. 10737, del 15 de diciembre de 2013
Estado
Pendiente de verificación editorial

Cómo citar. Ley núm. 172-13 sobre protección integral de los datos personales, art. 69. Texto consolidado por Nova Iuris. https://novaiuris.do/normas/ley-172-13/art-69/