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Nova Iuris

Ley núm. 172-13 sobre protección integral de los datos personales

CAPÍTULO IV. DISPOSICIONES PROCEDIMENTALES / SECCIÓN III. DE LOS FICHEROS DE TITULARIDAD PRIVADA

Artículo 56. Lineamientos generales de recolección y tratamiento de información aplicables a las Sociedades de Información Crediticia (SIC)

Para la recolección y tratamiento de la información a su cargo, las Sociedades de Información Crediticia (SIC) deberán observar los lineamientos generales siguientes:

1. La recolección de información no se efectuará por medios fraudulentos o ilícitos.

2. La información recolectada sólo será utilizada para los fines señalados.

3. La información será lícita, actualizada, exacta y veraz, de forma tal que responda a la situación real del titular de la información en un momento determinado. Si la información resulta ser ilícita, inexacta o errónea, en todo o en parte, deberán adoptarse las medidas correctivas, según sea el caso, por parte de la Sociedad de Información Crediticia (SIC). A efectos de determinar el momento se deberá, en cada reporte, señalar la fecha del reporte.

Vigente desde
15 de diciembre de 2013
Versión
1
Afectación
Texto original
Fuente
G. O. núm. 10737, del 15 de diciembre de 2013
Estado
Pendiente de verificación editorial

Cómo citar. Ley núm. 172-13 sobre protección integral de los datos personales, art. 56. Texto consolidado por Nova Iuris. https://novaiuris.do/normas/ley-172-13/art-56/