Artículo 56. Lineamientos generales de recolección y tratamiento de información aplicables a las Sociedades de Información Crediticia (SIC)
Para la recolección y tratamiento de la información a su cargo, las Sociedades de Información Crediticia (SIC) deberán observar los lineamientos generales siguientes:
1. La recolección de información no se efectuará por medios fraudulentos o ilícitos.
2. La información recolectada sólo será utilizada para los fines señalados.
3. La información será lícita, actualizada, exacta y veraz, de forma tal que responda a la situación real del titular de la información en un momento determinado. Si la información resulta ser ilícita, inexacta o errónea, en todo o en parte, deberán adoptarse las medidas correctivas, según sea el caso, por parte de la Sociedad de Información Crediticia (SIC). A efectos de determinar el momento se deberá, en cada reporte, señalar la fecha del reporte.