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Nova Iuris

Ley núm. 172-13 sobre protección integral de los datos personales

CAPÍTULO I. DISPOSICIONES INICIALES / SECCIÓN I. DEL OBJETO, ALCANCE, ÁMBITO DE APLICACIÓN, RESTRICCIONES Y PRINCIPIOS

Artículo 1. Objeto

La presente ley tiene por objeto la protección integral de los datos personales asentados en archivos, registros públicos, bancos de datos u otros medios técnicos de tratamiento de datos destinados a dar informes, sean éstos públicos o privados, así como garantizar que no se lesione el derecho al honor y a la intimidad de las personas, y también facilitar el acceso a la información que sobre las mismas se registre, de conformidad a lo establecido en el Artículo 44 de la Constitución de la República Dominicana.

Del mismo modo, regula la constitución, organización, actividades, funcionamiento y extinción de las Sociedades de Información Crediticia (SIC), así como la prestación de los servicios de referencias crediticias y el suministro de la información en el mercado, garantizando el respeto a la privacidad y los derechos de los titulares de la misma, promoviendo la veracidad, la precisión, la actualización efectiva, la confidencialidad y el uso apropiado de dicha información.

En ningún caso se afectarán las fuentes de información periodísticas.

Vigente desde
15 de diciembre de 2013
Versión
1
Afectación
Texto original
Fuente
G. O. núm. 10737, del 15 de diciembre de 2013
Estado
Pendiente de verificación editorial

Cómo citar. Ley núm. 172-13 sobre protección integral de los datos personales, art. 1. Texto consolidado por Nova Iuris. https://novaiuris.do/normas/ley-172-13/art-1/